¿Qué sociedad debo constituir? Quiz Jurídico Gratis · SA de CV, SAPI, SOFOM, SAS, Holding · Zuloaga Maytorena Abogados · Correduría Pública 20 Jalisco
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Zuloaga Maytorena Abogados
Correduría Pública 20 · Jalisco
Diagnóstico orientativo gratuito · 3 min

¿Qué figura jurídica deberías constituir?

10 preguntas diseñadas por especialistas para orientarte. El resultado te ayuda a llegar con las preguntas correctas a tu asesoría.

10Preguntas
10Figuras
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+Fund. legal
SA de CVS de RL SAPISOFOM SASHolding SC · ACFundación Cooperativa

AVISO — Este quiz es orientativo e informativo. No constituye asesoría jurídica ni establece relación abogado-cliente. El resultado no garantiza que sea la opción óptima para tu caso específico. Consulta siempre a un especialista antes de tomar cualquier decisión.

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Características orientativas

⚠ AVISO LEGAL — Este resultado es meramente orientativo. No constituye asesoría jurídica ni establece relación abogado-cliente. El resultado puede no ser la mejor opción para tu situación — existen variantes fiscales, societarias y de regulación sectorial que solo un especialista puede evaluar. Consulta a un abogado corporativo o Corredor Público antes de tomar cualquier decisión.

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Guía de referencia · Zuloaga Maytorena Abogados

¿Cómo elegir la figura jurídica correcta
para tu empresa en México?

Elegir el tipo de sociedad adecuado es una de las decisiones más importantes al iniciar o reestructurar un negocio. Esta guía resume las 10 figuras jurídicas más utilizadas en México, con su fundamento legal y los casos de uso más comunes.

Sociedad Anónima de Capital Variable

SA DE CV · ARTS. 87–206 LGSM

La figura más utilizada en México para empresas con vocación de crecimiento. Responsabilidad limitada al capital aportado, capital variable sin reforma estatutaria y reconocimiento pleno por bancos e inversionistas institucionales. Ideal para empresas medianas, grandes y aquellas que buscan financiamiento.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

S DE RL DE CV · ARTS. 58–86 LGSM

Estructura cerrada con máximo 50 socios (art. 61 LGSM). Las partes sociales no son libremente cedibles sin el consentimiento del resto de los socios, lo que protege la integración del grupo. Ideal para empresas familiares, grupos cerrados y pymes con socios de confianza.

Sociedad Anónima Promotora de Inversión

SAPI DE CV · ARTS. 13–18 LMV

La figura estrella para startups y empresas de alto crecimiento en México. Permite emitir acciones con derechos diferenciados de voto y dividendo, cláusulas drag-along y tag-along reconocidas legalmente (art. 16 frac. VII LMV), y mecanismos de entrada y salida para inversionistas. Trampolín natural hacia la Bolsa Mexicana de Valores.

Sociedad Financiera de Objeto Múltiple

SOFOM (E.R. o E.N.R.) · ART. 87-B LGOAAC

Entidad financiera no bancaria para operar crédito, arrendamiento financiero y factoraje sin autorización de la SHCP. En su modalidad regulada (E.R.) tiene acceso a fondeo bancario, bursatilización y facultad para actuar como fiduciaria en fideicomisos de garantía (art. 395, fr. V LGTOC). Requiere inscripción ante CONDUSEF y cumplimiento PLD/FT.

Sociedad por Acciones Simplificada

SAS · ART. 260 LGSM

La figura más ágil del ordenamiento mercantil mexicano. Constitución digital en horas a través del portal de la Secretaría de Economía, sin notario ni corredor público, sin capital mínimo, con un solo accionista. Tope de ingresos de $7,678,849.94 anuales (monto actualizable cada 1° de enero, art. 260 LGSM · art. 17-A CFF). Ideal para validar modelos de negocio.

Sociedad Tenedora · Holding

HOLDING · ARTS. 87–206 LGSM · ART. 59 LISR

No es una figura autónoma en la LGSM, sino una SA de CV o S de RL cuyo objeto social es la tenencia y administración de acciones en otras sociedades. Centraliza control corporativo, facilita la planeación fiscal de utilidades (art. 59 LISR) y aísla riesgos entre unidades de negocio. Requiere diseño fiscal especializado.

Sociedad Civil

SC · ARTS. 2688–2701 CÓDIGO CIVIL FEDERAL

La figura preferida por profesionistas que ejercen colectivamente: abogados, médicos, arquitectos, contadores e ingenieros. Sin ánimo de especulación comercial. Tributa sobre ingresos efectivamente cobrados (base de efectivo), lo que puede representar una ventaja fiscal. Los socios responden con su patrimonio de forma subsidiaria.

Asociación Civil

AC · ARTS. 2670–2687 CÓDIGO CIVIL FEDERAL

Figura para organizaciones sin fines de lucro con objeto cultural, educativo, deportivo, científico o asistencial. Los bienes y excedentes deben destinarse íntegramente al objeto social. Pueden obtener autorización de donataria ante el SAT para recibir donativos deducibles de ISR.

Fundación · Asociación Civil Fundacional

FUNDACIÓN · ARTS. 79–82 LISR · CCF

En México no existe una ley específica de fundaciones. Se constituyen como AC con objeto fundacional (filantropía, investigación, becas) y obtienen la calidad de donataria autorizada ante el SAT. Permiten acceder a fondos institucionales e internacionales. Informes anuales obligatorios ante el SAT.

Sociedad Cooperativa

COOP · LGSC ARTS. 6–9 · ART. 79 FRAC. IV LISR

Ideal para el sector primario (agropecuario, forestal, pesquero), artesanal o grupos de trabajadores-dueños. Los socios son simultáneamente propietarios y trabajadores. Goza de beneficios fiscales específicos en ISR (art. 79 frac. IV LISR) y acceso a apoyos del INAES. Estructura democrática: un socio, un voto.

Quién responde por este contenido

Lic. Luis Eduardo Zuloaga Maytorena

Abogado corporativo y Corredor Público 20 de Jalisco, designado por la Secretaría de Economía. Socio director de Zuloaga Maytorena Abogados desde 2017. Especialista en M&A, constitución de sociedades, pactos de socios e inversión extranjera.

Aviso importante

Este quiz tiene carácter orientativo y educativo, no constituye asesoría jurídica formal ni opinión legal vinculante. La elección de la figura jurídica correcta requiere un análisis personalizado con un abogado o fedatario público. El resultado de este quiz es un punto de partida para tu consulta, no un dictamen.

Preguntas frecuentes sobre constitución de sociedades en México

¿Cuál es la diferencia entre una SA de CV y una SAPI de CV? +

La SA de CV (arts. 87–206 LGSM) es la figura general para empresas con vocación de crecimiento: capital variable, responsabilidad limitada y reconocimiento institucional. La SAPI de CV (arts. 13–18 LMV) agrega flexibilidad para capital de riesgo: acciones con derechos diferenciados (voto múltiple, dividendos preferenciales), cláusulas drag-along y tag-along reconocidas legalmente, y mecanismos de entrada y salida para inversionistas. La SAPI es el paso previo natural a la Bolsa Mexicana de Valores.

¿Cuándo conviene una SAS en lugar de una SA de CV? +

La SAS conviene cuando se quiere validar un modelo de negocio rápidamente y con el mínimo costo: constitución digital sin notario o corredor público, un solo accionista, sin capital mínimo. La limitación clave es el tope de ingresos de $7,678,849.94 anuales (monto actualizable cada 1° de enero conforme al art. 17-A CFF · art. 260 LGSM). Si el proyecto tiene proyección de crecimiento más allá de ese monto, o necesita emitir acciones preferentes, la SA de CV es más adecuada desde el inicio para evitar costos de transformación.

¿Qué ventajas tiene constituir con un Corredor Público vs. un Notario? +

El Corredor Público es el fedatario especializado en materia mercantil por la Secretaría de Economía, con competencia exclusiva en actos de comercio. Para la constitución de sociedades mercantiles (SA de CV, SAPI, SOFOM, Holding) ofrece agilidad, especialización en derecho corporativo y conocimiento profundo de los usos y prácticas del mercado. El Notario Público tiene competencia amplia en materia civil y mercantil. Ambos dan plena fe pública; la elección depende de la especialización y el conocimiento de mercado que cada fedatario aporta al caso concreto.

¿Qué es una SOFOM y cuáles son sus obligaciones regulatorias? +

La SOFOM (art. 87-B LGOAAC) puede operar crédito, arrendamiento financiero y factoraje sin autorización de la SHCP. Existen dos modalidades: la E.N.R. (Entidad No Regulada), con registro ante CONDUSEF y obligaciones PLD/FT; y la E.R. (Entidad Regulada), que por tener vínculo patrimonial con una institución de crédito o emitir valores en el RNV tiene supervisión plena de CNBV, acceso a fondeo bancario, bursatilización y — ventaja clave — facultad para actuar como fiduciaria en fideicomisos de garantía y fuente de pago (art. 395, fr. V LGTOC · art. 87-Ñ LGOAAC). La apariencia de simplicidad de constitución contrasta con la complejidad operativa y regulatoria; la asesoría especializada desde el día uno no es opcional.

¿Cómo funciona una estructura holding en México? +

Una sociedad tenedora o holding es una SA de CV o S de RL cuyo objeto principal es poseer acciones o partes sociales de otras sociedades. Su utilidad reside en centralizar el control corporativo, planear la distribución de utilidades (art. 59 LISR), aislar riesgos entre unidades de negocio y facilitar la entrada o salida de socios empresa por empresa. Un holding mal diseñado puede generar doble tributación y conflictos de precios de transferencia entre partes relacionadas (arts. 179–180 LISR).

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